La Junta declara el área de emergencia cinegética para evitar daños de cerdos asilvestrados en la poblaciones de jabalí y en la agricultura

Esta resolución, que se aplicará en 98 municipios de las provincias de Cádiz, Málaga y Sevilla, beneficiará al sector de la caza y ganadero andaluz y dará respuesta a las reclamaciones de ambos sectores económicos.

La Junta de Andalucía ha declarado el área de emergencia cinegética temporal por daños de cerdos asilvestrados en 98 términos municipales de las provincias de Cádiz Málaga y Sevilla, para preservar la pureza genética del jabalí y posibilitar su recuperación como especie silvestre; así como prevenir posibles riesgos sanitarios. Con esta iniciativa, publicada en BOJA, se trata también de evitar la proliferación de daños en el ecosistema, la ganadería, la agricultura y, cada vez más, en el medio urbano.

 

Cabe destacar que el aprovechamiento cinegético del jabalí constituye un recurso económico importante que ha propiciado que el manejo productivo de esta especie haya orientado su explotación hacia una producción semi-extensiva, con el consiguiente incremento de la cantidad de ejemplares y el valor de sus trofeos.

 

Así, ante la existencia de una población de cerdos asilvestrados en determinadas zonas de las provincias de Cádiz, Málaga y Sevilla, la Junta impulsa una serie de actuaciones encaminadas a controlar y erradicar a estos ejemplares híbridos que se encuentran en libertad en el medio natural, ya que carecen de interés cinegético y ganadero. También constituyen un riesgo importante para el desarrollo de sendos sectores, ya que pueden convertirse en el eslabón de enlace de la cadena de transmisión de enfermedades.

 

El área cinegética comprende los siguientes términos municipales de la provincia de Málaga : Alfarnate, Alfarnatejo, Algatocín, Alhaurín el Grande, Alhaurín de la Torre, Almogía, Alora, Alpandeire, Antequera, Atajate, Benadalid, Benahavís, Benalauría, Benalmádena, Benaoján, Benarrabá, Burgo(El), Campillos, Cañete la Real, Cartajima, Casabermeja, Casarabonela, Casares, Coín, Colmenar, Cortes de la Frontera,

 

El periodo de vigencia de esta resolución publicada en BOJA comprende desde el 7 de noviembre hasta la finalización de la temporada de caza 2014-2015, aunque podrá suspenderse una vez que se constate que han desaparecido las causas que motivaron la declaración de dichas áreas.

 

Los medios de captura y las modalidades de caza que podrán llevarse a cabo para el control de cerdos asilvestrados en terrenos cinegéticos y no cinegéticos, son la captura en vivo y armas de fuego.

 

En cuanto a las capturas en vivo se realizarán a través de capturaderos cuyas características y condiciones para su empleo quedan detalladas en el Anexo de la resolución conjunta de las Consejerías de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, publicada en BOJA.

 

En relación con el uso de armas de fuego las modalidades que se podrán realizar serán las de recechos, aguardos diurnos y nocturnos, batidas, batidas de gestión y caza en mano. Estas dos últimas podrán celebrarse hasta un mes después de la finalización de su periodo hábil conforme establece la Orden General de Vedas; mientras que en terrenos no cinegéticos y durante toda la temporada de caza, solo se podrán realizar capturas de cerdos asilvestrados a través de capturaderos, recechos y aguardos diurnos.

 

Con esta nueva normativa se deroga la Resolución por la que se establecían medidas de control sobre la población de cerdos asilvestrados del Parque Natural de los Alcornocales y su entorno, que estaba vigente desde el año 2002.

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