LA FERIA DE MÁLAGA VA A CONTAR POR PRIMERA VEZ EN SU HISTORIA CON UNA ORDENANZA MUNICIPAL

Esta ordenanza es producto de la necesidad de regular en una sola norma los aspectos esenciales de la organización y funcionamiento de la Feria de Málaga, y que hasta ahora estaban tratados de manera fragmentaria por la Ordenanza de Vía Pública, los Bandos anuales de Feria y los acuerdos con los intervinientes e interesados. Es por tanto un instrumento formativo y de gestión que permitirá otorgar mayor seguridad jurídica a nuestra feria.

La Feria de Málaga no ha sido ordenada hasta este momento por ningún marco legal específico, que la abordase con un tratamiento integral, que le confiera mayor grado de seguridad jurídica, que delimite las competencias de cada área municipal que intervienen en la Feria, y que sirva de referencia para su posible desarrollo en consideración a las novedades legislativas que ulteriormente le fueren de aplicación.

El texto de la ordenanza ha propiciado la participación de instituciones públicas y privadas, colectivos ciudadanos (federación Malagueña de Peñas, Asociación de Feriantes, Asociación Centro Histórico, entre otros) y particulares. Durante su tramitación se han atendido las alegaciones formuladas al proyecto incorporándolas en la medida de lo posible. Como se explica en el texto, “lejos de pretender una ordenación restrictiva, esta norma tiene vocación de ofrecer una canalización idónea para cada una de las múltiples manifestaciones lúdicas que tienen lugar en la Feria de Málaga, preservando los legítimos intereses de los ciudadanos y su derecho al disfrute individual y colectivo durante las fiestas locales, en conciliación con el de los Feriantes y Comerciantes al desarrollo de su propia actividad”.

Del mismo modo, conscientes de la importancia que otorga y debe otorgar el pueblo de Málaga a sus tradiciones y expresiones artísticas populares, esta Ordenanza favorecerá la presencia de las mismas en la Feria y promocionará las iniciativas encaminadas a su desarrollo, todo ello sin menoscabo de atender las demandas sociales de ocio más actuales. Consta de 62 artículos, estructurados en cinco títulos: Título I.- objeto y ámbito de aplicación, Título II.- disposiciones generales, Título III.- feria en el centro histórico, Título IV.- recinto ferial, Título V.- procedimiento sancionador; contempla también tres disposiciones adicionales, una derogatoria y otra final.

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