Su piso en alquiler? Creado el primer fichero de morosos basado en resoluciones judiciales

Si va a pedir un préstamo y su banco le pone problemas para conseguirlo puede ser que su nombre esté incluido en uno de los muchos ficheros de morosos que existen en España y que usted no lo sepa. Pero…y si es usted propietari@ de un piso y quiere alquilarlo?

El Consejo General de la Abogacía Española acaba de poner en marcha el Registro de Impagados Judiciales (RIJ), un fichero que recoge información sobre la morosidad y la reclamación de las deudas reconocidas mediante una resolución judicial. Aquí se incluyen, en otras, deudas entre particulares, incumplimientos de los contratos de alquiler y hasta la morosidad de instituciones condenadas a pagar por sentencia firme.

Con este registro ‘online’ se podrán consultar todas las deudas líquidas, vencidas, exigibles y reconocidas por una sentencia firme procedentes de, por ejemplo, impagos de las pensiones de alimentos, deudas entre particulares, incumplimientos en contratos de alquiler o la compraventa de mercancías. También se pueden consultar la morosidad de instituciones condenadas a pagar por sentencia firme o sobre el impago de honorarios a los letrados.

“Supone una innovación revolucionaria en nuestro país que va a favorecer el derecho a la tutela judicial efectiva y a que se cumplan las sentencias firmes. Además, dotará de mayor transparencia al sistema judicial y financiero español”, afirmó Victoria Ortega, presidenta del Consejo General de la Abogacía Española. “Cumplimos con la nueva Ley General de Protección de Datos, la Ley de Protección del Derecho al Honor y el Código Deontológico de la Abogacía, garantizando la seguridad jurídica”, concretó.

A lo largo de un año judicial, miles de sentencias y laudos arbitrales quedan incumplidos y no se cumple con el cobro de forma fructífera que deja, por un lado una amplia lista de morosos, y por otro ciudadanos que no han cobrado lo que una sentencia firme ha estimado.

Se mejora la información sobre el riesgo de insolvencia de empresas y personas físicas. Se podrá consultar de forma ‘online’, gratuita para los abogados y con un coste mínimo para el cliente para dar de alta a la deuda que le deben, siempre que sea superior a 50 euros y con un máximo de 5 años de antigüedad.

El fichero electrónico de morosos tiene como objetivo reclamar o consultar deudas líquidas, vencidas, exigibles y reconocidas en sentencia firme cumpliendo con la normativa vigente y garantizando la seguridad jurídica.

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