Navidad y Fin de Año 2023
Bando Municipal para fiestas de Navidad y fin de Año
En estas fechas tan entrañables, en la que nos gusta disfrutar de familiares y amigos, queremos que nuestra ciudad luzca con todo su esplendor, y para ello, es necesario que todos contribuyamos a mantener la limpieza, el ornato público y la estética de la ciudad.
Conviene, por tanto recordar, el debido cumplimiento de la normativa en materia medioambiental, de sanidad, y de apertura de establecimientos, así como el resto de disposiciones recogidas en las ordenanzas municipales.
Se dicta el presente Bando para recordar que:
PRIMERO. Se prohíben las pintadas, grafitos y similares en la vía pública sobre elementos estructurales tales como calzadas, medianas, aceras, mobiliario urbano, muros, paredes, a excepción de las pinturas murales u otras de carácter artístico que se realicen con autorización del propietario y del Ayuntamiento.
SEGUNDO. Es necesario acatar lo dispuesto en el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería aprobado por el RD 989/2015, de 30 de octubre, en especial:
⦁ Prohibición de la venta ambulante de artículos pirotécnicos, así como la venta en establecimientos, casetas u otros lugares, sin contar con la autorización previa de la Subdelegación de Gobierno.
⦁ Los artículos pirotécnicos no se comercializarán para personas por debajo de las edades mínimas indicadas a continuación: a) Artificios de pirotecnia: i. Categoría F1: 12 años ii. Categoría F2: 16 años iii. Categoría F3: 18 años.
Igualmente, queda prohibido portar mechas encendidas o el uso del material pirotécnico que pueda producir ruidos o incendios en la vía pública, tal y como viene recogido en la Ordenanza para la Garantía de la Convivencia Ciudadana y la Protección del Espacio Urbano en la Ciudad de Málaga, debido a las alteraciones vecinales y de orden público que éste provoca, así como las molestias evidentes que supone para nuestros amigos los perros. No obstante, y de cara a las fechas Navideñas, el material pirotécnico podrá ser utilizado en zonas no residenciales y aisladas del centro de la ciudad y de todos sus barrios, y en todo caso a más de 300 metros de cualquier edificación o arboleda., zona verde o área con vegetación.
TERCERO. Se recuerda que está prohibida la permanencia y concentración de personas en la vía pública consumiendo bebidas o realizando actividades que pongan en peligro la pacífica convivencia ciudadana fuera de las zonas autorizadas.
Sin perjuicio de lo anterior, se exceptúa de dicha prohibición, el consumo de bebidas en terrazas y veladores de establecimientos públicos que cuenten con la preceptiva licencia municipal, dentro del horario normativamente establecido.
En todo caso, se recuerda la prohibición del consumo de bebidas alcohólicas por los menores de edad.
CUARTO. En la vía pública y otras zonas de concurrencia pública, no se podrán realizar actividades como cantar, proferir gritos, hacer funcionar aparatos de radio, televisores, instrumentos o equipos musicales, mensajes publicitarios, altavoces independientes o dentro de vehículos. La Policía Local podrá determinar la paralización inmediata de dicha actividad o la inmovilización del vehículo o precintado del aparato del que procediera el foco emisor. Los miembros de la Policía Local actuantes deberán establecer como medida cautelar la intervención de los instrumentos musicales o cualquier objeto o aparato utilizado para cometer la infracción, levantando acta de la medida entregando copia al interesado y depositando los elementos intervenidos en el depósito municipal destinado para ello.
QUINTO. Como medida de prevención, y en defensa de la protección y bienestar de los animales, se recuerda que la adquisición o adopción de animales, frecuente en estas fechas, se haga siempre en términos de responsabilidad, evitando que se produzcan situaciones de abandono o desatención.
SEXTO. Se recuerda en la organización de actividades recreativas y eventos de carácter multitudinario (cotillones, conciertos y fiestas juveniles) la prohibición de colocar publicidad en cualquier formato en farolas, semáforos y demás elementos del mobiliario urbano así como en otros lugares de la vía pública no autorizados y fachadas que den a ésta y la necesidad de que en tales eventos se cumplan todos los requisitos reglamentarios y se obtengan las preceptivas autorizaciones administrativas con antelación suficiente a la celebración de los mismos. Del mismo modo, son responsables de que los espacios públicos que se hayan podido ver afectados por dichas actividades, queden completamente limpios a la conclusión de las mismas.
SÉPTIMO. Se aconseja a la ciudadanía que se informe previamente de si las fiestas y cotillones de carácter ocasional o extraordinario a las que pretendan asistir, cuentan con la preceptiva autorización municipal previa, así como a los organizadores, que ofrezcan toda la información y publicidad necesaria sobre la autorización previa y condiciones del evento.
OCTAVO. Asimismo, invito a toda la ciudadanía a que durante estas fechas, se refuerce la atención personal por realizar un consumo de forma más responsable y sostenible, eligiendo productos con embalajes sencillos y comprando los alimentos producidos los más cerca posible de nuestros domicilios y en las cantidades justas, para minimizar la generación de residuos plásticos y evitar el desperdicio de alimentos.
NOVENO. Para los desplazamientos al centro de la ciudad se recomienda encarecidamente el uso del transporte público.
DÉCIMO. Se advierte a toda la ciudadanía que el incumplimiento de cualquiera de las disposiciones contenidas en el presente Bando y en las ordenanzas municipales, podrá dar lugar a la imposición de las sanciones a que en derecho procedan. La Policía Local y los Inspectores Municipales vigilarán y comprobarán su cumplimiento.
UNDÉCIMO. El Servicio de Protección Civil del Ayuntamiento de Málaga desplegará durante los principales días de Navidad un dispositivo de seguridad en el centro de la ciudad en horario de 18:00h. a 22:00h., en el que incluirá 5 dispositivos DEA (Desfibriladores Externos Automáticos), dispuestos 2 DEA en los vehículos situados en C/ Molina Larios y C/ Cisneros, y 3 DEA los llevarán de forma itinerante los voluntarios de Protección Civil en mochilas. Se recuerda que además hay 2 DEA fijos en C/ Larios, uno a la altura de la Plaza de la Marina y otro en la esquina con la C/ Álvarez Fonseca.
DUODÉCIMO. Hago un llamamiento a la responsabilidad individual con el propósito de evitar la difusión de bulos que pueden provocar alarma y generar incluso graves problemas de seguridad. Para ello, pido a los ciudadanos que cuando compartan información sean rigurosos y recurran a fuentes oficiales y/o medios de comunicación que contrastan sus informaciones con dichas fuentes. Tanto el Ayuntamiento como las demás Administraciones Públicas disponen de perfiles verificados en redes sociales que darán cuenta en tiempo real de lo que suceda durante estos días.
DECIMOTERCERO. Con el objetivo de armonizar las necesidades de consumo, y los intereses de la industria, el comercio y la hostelería de nuestra ciudad, se permitirá el acceso al centro histórico para la realización de actividades de carga y descarga los días 24 y 31 de diciembre, exclusivamente, entre las 7:00 y las 11:00 horas.
Finalmente, como Alcalde de Málaga, y en nombre de la Corporación Municipal, expreso mis mejores deseos de paz y prosperidad.
Málaga, a la fecha de la firma electrónica
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Francisco de la Torre Prados