La Junta Electoral da la razón a Podemos y vetan la bandera de España en las tarjetas de apoderados de Vox

Los apoderados de Vox “no pueden utilizar tarjetas identificativas que contengan la bandera de España en las jornadas de votación electoral”.

Así lo han determinado las Juntas Electorales Provinciales de Huesca y de Zaragoza a instancias de sendas quejas presentadas este domingo por la coalición Podemos-Alianza Verde, han indicado.

“Los organismos electorales toman está decisión, según consta en ambos escritos, conforme al Acuerdo 732/2019 de la Junta Electoral Central, que determina que los interventores o apoderados, en el interior de los colegios electorales, únicamente podrán ostentar emblemas o adhesivos con el nombre y siglas del partido o coalición y la palabra interventor y apoderado, a los puros efectos de identificación y no con el fin de realizar actividades de campaña electoral, así como que la identificación ha de ser simple”.

Además, en el escrito de la Junta Electoral Provincial de Huesca “recuerdan que las tarjetas que contengan banderas son contrarias al artículo 8 de la Ley 39/1981, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas, que prohíbe la utilización en la bandera de España de cualesquiera símbolos de partidos políticos, sindicatos, asociaciones o entidades privadas”.

Del mismo modo, “se pone de relieve en la resolución oscense que, según la jurisprudencia, la finalidad de esta prohibición es que la bandera de España no pueda ser instrumentalizada por ningún partido o grupo, en base a la Sentencia de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo 351/2017, de 1 de marzo. Y por lo tanto, su uso supone una instrumentalización de este símbolo prohibida por la legislación vigente”, han concluido.

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