El informe forense de Griñán señala “la no conveniencia” de su ingreso en prisión hasta remitir su cáncer de próstata

El informe médico forense concluye que no es conveniente que el expresidente de la Junta, José Antonio Griñán entre en la cárcel para cumplir la condena de seis años de cárcel por los ERE, debido al cáncer de próstata que padece.

En una providencia emitida este mismo lunes y recogida por Europa Press, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla daba ya traslado de dicho informe forense a la Fiscalía y al PP, habilitando un plazo de “tres días” para que tales partes se pronuncien sobre la petición del expresidente andaluz de suspender su entrada en prisión por dicha enfermedad grave sobrevenida, en concreto un cáncer de próstata.

LOS DIEZ DÍAS DE PLAZO

Todo ello, después de que a las 23,59 horas del pasado 2 de enero expirase el plazo de diez días habilitado por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla para el ingreso voluntario en prisión de Griñán, la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, el exconsejero de Innovación Francisco Vallejo, el exconsejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico José Antonio Viera, el también exconsejero de Empleo Antonio Fernández, el exdirector de la agencia IDEA Miguel Ángel Serrano y el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román.

Todos ellos fueron condenados a diferentes penas de prisión por malversación en el citado mecanismo o “procedimiento específico” de financiación de los ERE fraudulentos y subvenciones arbitrarias a empresas, junto con el exdirector general de Trabajo y Seguridad Social Juan Márquez y el exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá.

No obstante, después de que el Tribunal Supremo redujese la pena de cárcel de Juan Márquez de siete años y un día de prisión a tres años, al apreciar la atenuante analógica de reparación del daño, la Sección Primera de la Audiencia accedió a suspender un año su ingreso en prisión a la espera del resultado de la petición de indulto parcial solicitada por su defensa al Ministerio de Justicia.

En el caso de Agustín Barberá, aunque la Sección Primera de la Audiencia desestimó su recurso de súplica en la fase de ejecución de la sentencia, sí accedió a suspender su ingreso en prisión hasta que se tramite la suspensión de la ejecución de la pena solicitada por su defensa en base al artículo 80.4 del Código Penal, relativo al caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables, al estar pendiente de informe por el médico forense.

Tras ello, el tribunal requería a Griñán, la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, el exconsejero de Innovación Francisco Vallejo, el exconsejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico José Antonio Viera, el también exconsejero de Empleo Antonio Fernández, el exdirector de la agencia IDEA Miguel Ángel Serrano y el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román, para que en un plazo de diez días que finalizaba este pasado lunes 2 de enero “ingresen voluntariamente” en prisión.

LA SITUACIÓN DE GRIÑÁN

Empero, la defensa de José Antonio Griñán alegó a continuación que al mismo le había sido diagnosticada recientemente una enfermedad grave sobrevenida, solicitando de nuevo la suspensión del plazo de ingreso en prisión respecto a este encartado, con arreglo a tal motivo.

Ante ello, y una vez vista la documentación médica aportada por la representación de Griñán, la Sección Primera de la Audiencia ordenaba que un forense del Instituto de Medicina Legal examinase la documentación e hiciese un reconocimiento a Griñán en caso de ser necesario, para que emitiese un informe “valorando si el ingreso en centro penitenciario pudiera tener incidencia en el desarrollo de la enfermedad o en el tratamiento prescrito”.

Entretanto, los exconsejeros Antonio Fernández, Francisco Vallejo, Carmen Martínez Aguayo y José Antonio Viera, el exdirector de la agencia IDEA Miguel Ángel Serrano y el exviceconsejero Jesús María Rodríguez Román han ingresado ya en prisión.

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