EL EQUIPO DE GOBIERNO MALAGUEÑO PROPONE INSTAR A LA JUNTA A QUE PROMUEVA VIVIENDAS PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL Y ALOJAMIENTOS PROTEGIDOS
En la propuesta plantean instar a la Junta de Andalucía, Consejería de Fomento y Vivienda, para que, en ejercicio de las competencias exclusivas atribuidas por el Estatuto de Autonomía de Andalucía, así como a lo previsto en el propio Plan concertado de Vivienda y Suelo de Andalucía, promueva las condiciones para dar cumplimiento a las previsiones del citado Plan concertado, y en consecuencia, financie la edificación de viviendas protegidas de promoción pública para la integración social en Málaga, así como Alojamientos protegidos para estos colectivos.
El texto de la moción recuerda que a través de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias, se han recibido distintas sugerencias formuladas por el Defensor del Pueblo Andaluz en materia de vivienda, sobre todo relacionadas con las dificultades de acceso a una vivienda de personas con riesgo de Exclusión Social (Queja de oficio nº Q12/540).
Dichas sugerencias a la FAMP, se resumen en que desde dicho Organismo se inste a las Administraciones para que, en ejercicio de sus competencias en materia de vivienda, se adopten las medidas para garantizar el acceso a una vivienda a las personas que no tiene medios para acceder a una vivienda en el mercado libre o protegida, a través de la promoción de Viviendas para la integración social o de Alojamientos protegidos.
En relación con lo anterior, el Ayuntamiento de Málaga, a través del Instituto Municipal de la Vivienda, viene desarrollando políticas de vivienda en nuestro municipio, tanto de promoción, como de gestión o rehabilitación.
Todo ello en atención al derecho constitucional previsto en el artículo 47 de la Constitución Española, que propugna el derecho de todos los españoles a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, así como la obligación de todos los poderes públicos de promover las condiciones necesarias para hacer efectivo ese derecho.
En ejecución de lo anterior el Estatuto de Autonomía para Andalucía reitera en su artículo 25 el deber de los poderes públicos de realizar promoción pública de vivienda y concreta en su artículo 56, como competencia exclusiva en esta materia, entre otras, la promoción pública de viviendas. Todo ello, para garantizar el derecho a una vivienda digna y adecuada que es el objetivo de la Ley 1/2010 reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía (ar. 1).
Por otro lado, y en relación con el ámbito competencial, la Ley 5/2010, de Autonomía Local de Andalucía, establece en su artículo 9.2 como competencia propia de los municipios la planificación, programación y gestión de viviendas y participación en la planificación de la vivienda protegida, que incluye entre otras la promoción y gestión de la vivienda.
Finalmente, en el Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012, así como en la ley 1/2010, de 8 de marzo, antes citada, se establece la obligatoriedad de los municipios de crear unos Registros Municipales de demandantes de vivienda protegida, como instrumento, entre otros, para la determinación de las personas solicitantes de estas viviendas.
En el Municipio de Málaga, el Registro Municipal de demandantes viene funcionando desde mayo de 2010.
Tras estos dos años de funcionamiento, de los datos de dicho Registro Municipal se desprende que a fecha actual existen un total de 9.058 demandantes, de ellos, 4.416 en régimen de alquiler, 3.570 en régimen de compra, y 6.534 en régimen de alquiler con opción a compra.
Todas estas familias carecen de unos ingresos económicos suficientes para acceder a una vivienda en el mercado libre, por lo que tienen puestas sus expectativas para hacer efectivo su derecho a acceder a una vivienda digna, en la acción de las Administraciones Públicas con competencias en esta materia.
En el marco de este ámbito competencial, como hemos señalado anteriormente, el Ayuntamiento de Málaga ha venido desarrollando programas de promoción de vivienda protegida en nuestro municipio.
Igualmente, en este ámbito, y en atención a las necesidades de los sectores de población más desfavorecidos, este Ayuntamiento ha aprobado una Ordenanza Municipal reguladora del Derecho a la Vivienda protegida de las familias que se encuentran en situación o riesgo de exclusión social.
No obstante, dada la situación actual, esta normativa, aunque importante, no es suficiente para atender las necesidades de este colectivo, que es bastante amplio.
Según datos contenidos en el Registro Municipal de demandantes de Vivienda protegida, existe un gran número de familias que han solicitado incluirse en el grupo de especial protección destinado a familias en situación o riesgo de exclusión social.
Igualmente, según se desprende de los datos de dicho Registro Municipal es muy elevado el número de familias cuyos ingresos anuales no superan el IPREM.
Para este colectivo, el Plan concertado de vivienda y Suelo 2008-2012, prevé un el programa de viviendas de Promoción Pública en el que se destinará un 30% a familias con estas características, destinando el resto a familias que no superen 2’5 veces IPREM, para fomentar la integración y cohesión social.
Estas promociones se financian en su totalidad con fondos públicos procedentes de la Comunidad Autónoma o en su caso, complementando la financiación cualificada establecida en el Plan Estatal. Añade el Plan Concertado que excepcionalmente, cuando las circunstancias sociales y económicas lo exijan se financiarán en su totalidad con fondos públicos procedentes de la Comunidad Autónoma.
Igualmente, para este colectivo, el Plan Concertado prevé programas de Alojamientos Protegidos y Alojamientos de Promoción Pública destinados, sobre todos éstos últimos a ocupantes con especiales dificultades sociales y económicas y que al igual que las viviendas de integración social, gozan de una financiación cualificada prevista en el artículo 65 del mencionado Plan Concertado.
Como señala el Defensor del Pueblo Andaluz, en estos momentos se hace necesario que, sin dejar de lado la atención a las necesidades de quienes no pueden afrontar la compra de una vivienda en el mercado libre, por tener ingresos limitados, se dé una respuesta a un colectivo que no puede tener acceso a una vivienda, no ya en el mercado libre, sino tampoco protegida, encontrándose en esa situación de exclusión social.
A la vista de todo lo anteriormente expuesto, y en atención a lo solicitado por el Defensor del Pueblo Andaluz, se ha propuesto el acuerdo indicado al inicio.
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