El edil ha incidido en que el Ayuntamiento ha actuado con la máxima celeridad en este asunto para dar una pronta solución y poder continuar ejecutando estas obras, que se espera se retomen en los próximos días una vez que se firme el contrato.
Así, las obras para finalizar este proyecto suponen 4,1 millones de euros, ya que al importe de adjudicación provisional que es de 4,6 millones, hay que descontar a la UTE los 440.000 euros en trabajos realizados hasta la fecha de resolución del contrato por la anterior adjudicataria.
Además, el edil ha explicado que la primera adjudicación a Teconsa fue por 4,38 millones de euros, siendo la mejor oferta valorada por la mesa de contratación como resultado de un conjunto de parámetros compuesto por la propuesta técnica, la oferta económica y los puestos a crear.
Para la segunda contratación, por ley el Ayuntamiento tiene que adjudicar las obras a la siguiente mejor oferta, que es la propuesta planteada por esta unión temporal de empresas, sin poder variar ningún aspecto. La propuesta de esta UTE presenta una oferta económica superior a la de Teconsa, siendo de 3.978.689,63 más 636.590,34 de IVA, y plantea la creación de 8.560 jornales.
No obstante el Ayuntamiento, como ha indicado el edil, no se va a ver perjudicado ya que además de descontar los trabajos realizados (los 440.000 euros) se equilibra el mayor coste que supone la oferta económica de la UTE respecto a Teconsa con la incautación de la fianza a ésta última (cercana a los 200.000 euros).
Por otro lado, el plazo máximo previsto para su finalización es el 31 de diciembre de 2009. La empresa, como ha explicado el edil, plantea un programa de actuación para poder tener concluido este importante proyecto a finales de año. No obstante el REAL DECRETO-LEY 9/2008, de 28 de noviembre, que regula los FEIL indica que “Los Ayuntamientos deberán acreditar la realización de las inversiones y la finalización de las obras durante el primer trimestre de 2010, sin perjuicio de que la Dirección General de Cooperación Local, a solicitud razonada y debidamente motivada del Ayuntamiento, pueda otorgar una prórroga que no podrá exceder de seis meses cuando incidencias no imputables a la administración contratante surgidas en la ejecución del contrato hayan retrasado ésta. En este caso, la justificación deberá presentarse dentro del mes siguiente a la conclusión de la citada prórroga”.