Andalucía sigue en segundo lugar en cuanto a casos de corrupción en España
Los jueces andaluces concluyeron en el primer trimestre de 2017 un total de cinco procedimientos por delitos de corrupción, en los que se dictó autos de apertura de juicio oral o de procesamiento contra 18 personas, con lo que Andalucía mantiene el segundo lugar a nivel nacional en el ranking de casos de corrupción, tan sólo superada por Canarias, con 20 personas acusadas, mientras que Madrid ocupa, en este primer trimestre del año, uno de los últimos puestos, con sólo cinco acusados.
A nivel nacional se registraron 27 procedimientos por corrupción, en los que se dictó auto de juicio oral o de procesamiento contra 97 personas, que fueron o serán llevadas a juicio por delitos de este tipo, según los datos facilitados ayer por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo de este año, los juzgados y tribunales andaluces dictaron 12 sentencias en procedimiento por delitos de corrupción, de las cuales once fueron condenatorias (seis con condena total y cinco parciales) y sólo en un caso se acordó la absolución. El porcentaje de condenas en la comunidad autónoma es del 91,6%.
A nivel nacional, se dictaron 36 sentencias, de las que 28 fueron total o parcialmente condenatorias, lo que supone el 77,8%.
De este modo, los procedimientos judiciales cuyos datos se reflejan en el repositorio tienen como sujetos activos a funcionarios públicos, gobernantes y políticos en el ejercicio de sus cargos, y como uno de los elementos del tipo la afectación de dinero público, abarcando así tanto la corrupción administrativa como la corrupción política.
El Tribunal Supremo ha endurecido la respuesta penal a los casos de corrupción con dinero público. El Pleno de la Sala de lo Penal notificó ayer un acuerdo por el que se establece que el desvío de fondos de sociedades mercantiles participadas con dinero público deberá castigarse como malversación de caudales públicos, y no por el de apropiación indebida. La consecuencia es una elevación generalizada de las penas que se pueden aplicar.
Por ejemplo, los casos más graves -cuando el dinero detraído supera los 250.000 euros- de apropiación indebida en empresas privadas se castigan con prisión que oscila entre los cuatro y los ocho años. Con esa misma barrera del cuarto de millón, en el delito de malversación que corresponde a empresas públicas el mínimo pasa a los seis años y el máximo posible se dispara hasta los 12.
Fuentes del Alto Tribunal explican que los magistrados han tenido en cuenta la profusión de asuntos de corrupción en los que detecta el uso de sociedades mercantiles, con la intención de escapar a los exhaustivos controles a los que están sometidos las empresas públicas.
El Alto Tribunal no quiere que también se beneficien de los artículos del Código Penal que -pese a que se han endurecido en las últimas reformas- siguen resultando más beneficiosos que los que atañen al dinero público. Las mismas fuentes añaden que también se ha querido dejar claro el mensaje de que no puede considerarse igual la apropiación de dinero privado que la de dinero público.
No te pierdas ni un titular de Málaga
Recibe nuestro boletín con lo más importante de Málaga.
Sigue a Malagaes en Google
Añadir Malagaes en GoogleMediakit Publicitario 2026
Audiencia, formatos y tarifas reales de malagaes.com
Si las elecciones generales del 29 de noviembre fueran hoy, ¿a quién votarías?
Webs oficiales de los partidos: PP · PSOE · Vox · Sumar · Podemos · Se Acabó La Fiesta
Encuesta abierta a los lectores de malagaes.com, sin valor estadístico ni representatividad. Un voto por lector. Se cerrará el 23 de noviembre.
