El Consejo de Gobierno andaluz y el Comité de crisis enviaron este lunes al Ejecutivo de Pedro Sánchez un listado con 43 medidas para tratar de paliar la crisis económica asociada al problema sanitario que está generando el coronavirus.
1. Flexibilización de la regla de gasto y objetivo de déficit para las comunidades autónomas tanto por aumento del gasto como por previsión caída de ingresos, condiciones absolutamente imprescindibles para ofrecer una adecuada respuesta a la situación.
2. Crear un Fondo de Contingencia
por el importe necesario para las medidas a aplicar durante el periodo
excepcional de la crisis considerado como gasto extraordinario para que
no compute en elcálculo dentro del protocolo de défcit de la Unión
Europea.
3. Bajada de determinados impuestos: Impuesto de Sociedades. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Definir la posibilidad de una modificación temporal en las retenciones
del IRPF. Reducción de impuestos en seriicios básicos como la luz o el
agua los servicios de telecomunicaciones (tanto de comunicaciones como
de prestación de servicios en la nube para fomentar el acceso ubicuo y
el teletrabajo). Así como otros que pudieran estar iinculados a la
actividad productiva.
4. Devolución y no adelanto de los 537 millones de euros de IVA.
5. Aplazamiento del pago de impuestos municipales tales como el IBI, tasa municipal etc.
6. Agilizar la devolución del IVA.
7. Adelantar las devoluciones de IRPF de la Campaña de Renta 2019
8.
Reiterar la petición realizada al Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación de propuestas de reducción de los índices de rendimiento
neto en régimen de estimación objetiva del IRPF aplicable a las
producciones agrarias correspondientes a 2019.
9.- Bonificación al 100% de la cotización a la Seguridad Social en el régimen especial de trabajadores autónomos en
aquellas actividades en las que se ha ordenado el cierre por el
Gobierno en función del RD 463/2020, de 14 de marzo, durante el período
considerado excepcional.
10. El Gobierno de Andalucía insta al
Gobierno de España a elaborar un paquete de medidas durante los próximos
tres meses, con objeto de dar cobertura a los trabajadores más
vulnerables y reducir el impacto sobre la demanda de la actual crisis:
a. Subvención de una parte de los costes laborales de los trabajadores con contrato temporal de
las empresas que desarrollen su actividad en los sectores afectados por
el cierre de la actividad en virtud del RD 463/2020, de 14 de marzo,
durante el período considerado excepcional.
b. Expedientes de Regulación Temporal de Empleo.
Flexibilización y simplificación de su tramitación en virtud del
artículo 47 del RD Legislativo de 24 de marzo por el que se aprueba el
Estatuto de los Trabajadores.Eliminación de la carencia específica para
el acceso a la prestación por desempleo. Los períodos de desempleo
consumidos durante la suspensión de la relación laboral no serán
descontados para la carencia exigida en futuras prestaciones por
desempleo.
c.Establecer un subsidio excepcional de desempleo para
los trabajadores que hayan trabajado un mes en los últimos seis meses y
que no puedan acceder a otra prestación.
d. Flexibilización de los
requisitos de acceso a la prestación por ceses de actividad en el
Régimen Especial de trabajadores autónomos.
11.Pedir a la UE la
constitución de un Comité de crisis sanitaria para hacer frente de
manera coordinada a todas las acciones necesarias para la lucha contra
el COVID -19.
12.Plan de choque para la recuperación del turismo tanto nacional como internacional.
13.Apoyo a la fnanciación de campañas turístcas de España como destino seguro tanto de la sanidad como de serivicios públicos.
14. Asegurar y reforzar la capacidad de liquidez de la empresa mediante concesión de créditos de entidades fnancieras.
15. Instar a los bancos a que con el aval del gobierno se active una línea de crédito específica a los autónomos y PYMES que eviten despidos.
16. Trasladar la necesidad de reforzar el personal de los Puestos de Inspección en Frontera para el control en Aduanas a fin de garantizar la emisión de certificados y que no se paralicen las exportaciones.
17.
Solicitar que inste a la Unión Europea la flexibilización del
cumplimiento de los requisitos y trámites que exige la normativa
reguladora de la gestón de los fondos europeos agrarios y de desarrollo
rural y, en particular, si fuera necesario, la ampliación del plazo para
la presentación de la solicitud única de ayudas directas de la PAC, así
como la prórroga de los plazos establecidos para los controles de las
ayudas agroambientales y del almacenamiento privado en el caso del
aceite de oliia.
18. Pedir el cumplimiento de los contingentes acordados con el Reino de Marruecos antes de la presente crisis
19. Programa nueva línea de crédito Reindu (Industria).
20. Prórroga de la validez de las ITV durante 2 meses
21.
Información relativa a decisiones sobre fondos y ayudas europeas y
participación de las CCAA en las decisiones de reparto que se vayan a
adoptar.
22. Petición a Europa de ampliación de plazos y fexibilización de trámites:
– Ampliación de plazos para las inspecciones y controles de las ayudas de la PAC (FEAGA) y del PDR(FEADER).
– Ampliación de pazos de las justfcacionest por los benefciariost de las ayudas del PDR (FEADER).
– Ampliación de plazos para la declaración trimestral de gastos de PDR (FEADER).
– Flexibilización del cumplimiento de la Regla N+3 de los Fondos Europeos (FEDERt FEADER y FEMP)
–
Flexibilización de los trámites a cumplir en relación con el
procedimiento de licitación para el almacenamiento privado del aceite de
oliva.
23. Aplazamiento de pruebas de acceso a la Universidad. (SELECTIVIDAD)
24.
Solicitar la modifcación de la disposición transitoria tercera del Real
Decreto 84/2018t de 23 de febrero, por el que se modifica el Real
Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento
de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los
cuerpos docentes a que se refere la Ley orgánica 2/2006t de 3 de mayo,
de Educación y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se
refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley. Este
R.D. establece una serie de premisas para los procedimientos selectivos
que se realicen al amparo de ofertas de empleo público aprobadas de 2017
a 2019. En nuestra Comunidad el Decreto 213/2017, de 26 de diciembre,
aprobó la oferta de empleo público para la estabilización de empleo,
fijando 6.000 plazas para los cuerpos de secundaria, formación
profesional y enseñanzas de régimen especial. Concretamente, 3.000
plazas para el año 2018 y otras 3.000 para el año 2020. Por otra parte,
el Decreto 406/2019t de 5 de marzo, aprobó la oferta de empleo público
para la estabilización de empleo, fjando 4.500 plazas para el cuerpo de
maestros, 2.500 para el año 2019 y el resto para 2021.
Dada la
situación actual, si finalmente no fuese posible llevar a cabo el
procedimiento selectivo previsto para junio-julio de este año y este
tuviera que posponerse a 2021, sería preciso una modificación de ambos
Decretos. Es por ello, por lo que previamente, habría que modificar el
Real Decreto 84/2018, de tal forma que las consideraciones de la
Disposición Transitoria Tercera fuese de aplicación a procedimientos
selectivos convocados al amparo de ofertas de empleo público aprobadas
con posterioridad a 2019.
25. Plan del Gobierno de la Nación para
garantizar todos los suministros de materiales necesarios para hacer
frente a las medidas frente al COVID-19.
26. Bolsa de profesionales sanitarios de carácter nacional para cubrir todas las necesidades y eventualidades que se produzcan.
27. Refuerzo de medios 112 y atención de emergencias sanitarias.
28. Apoyo y refuerzo de las donaciones sanguíneas.
29. Traslado y control de residuos transfronterizos.
30. Ampliación de la tasa de reposición de efectivos en la administración
31.
Elaboración de un plan de fronteras ante la probable necesidad de tener
que adoptar medidas de control sanitario en nuestros puestos
fronterizos o incluso decretar el cierre de los mismos.
32. Carencia en el pago de cuotas de hipoteca y préstamos a empresas (que hayan paralizado su actividad) y autónomos en el mismo estadio que las empresas mientras dure el estado de alerta.
33.
Incentivar económicamente la industria sanitaria andaluza y a los
laboratorios andaluces para que incremente su producción por un lado y
su labor investgadora por otro.
34.Creación de un Fondo de Emergencia Social
para poder atender a las situaciones de emergencia social que se están
provocando como consecuencia de la suspensión de los recursos de
atención a las personas mayores y/o alteraciones del entorno social y
domiciliario de estas.
35.Abono a las entidades prestadoras del
servicio de centro de día de personas mayores y de personas con
discapacidad del copago que dejarán de recibir de las personas
beneficiarias por suspensión del servicio.
36.Dotación económica
para compensar el esfuerzo económico de las entidades prestadoras del
servicio de atención residencial, que sin poder incrementar el número de
personas usuarias ni reponer las bajas, si van a requerir aumentar la
ratio de personal.
37.Dotación económica para la provisión de
personal del servicio de ayuda a domicilio ante el previsible incremento
de la intensidad del servicio.
38. Eliminación del copago de las personas usuarias del servicio de ayuda a domicilio que soliciten la suspensión del servicio.
39. Indemnización a empresas prestadoras de servicios en Centros de Participación Activa (CPA) que han visto suspendida su actividad (servicio de restauración, talleres…)
40.Exención
de impuestos a aquellas empresas de seriicios sociales que se les ha
suspendido el contrato administrativo por motivo de fuerza mayor.
41.
Dotación económica para el refuerzo y contratación de personal del
servicio de Teleasistencia (SAT), dada su criticidad para asegurar el
funcionamiento del servicio a las personas mayores y dependientes.
42. Dotación económica para reforzar la contratación de personal en materia de Dependencia,
como consecuencia de los retrasos e incremento de solicitudes
pendientes de resolier con motivo de la suspensión del cómputo de plazos
vinculados al procedimiento para el reconocimiento de la situación de
dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia.
43. Incremento del crédito
del Prestaciones básicas de Servicios Sociales con el fn de mantener la
Red de servicios sociales de atención primaria gestionada por las
corporaciones locales, tanto en concepto de personal como de
prestaciones complementarias (pago de recibos de luz, agua y gas,
alquileres, alimentación y otras necesidades básicas).