Un 80 por ciento de la población en España apoya la medida de prisión permanente revisable
La prisión permanente revisable es lo más próximo en Europa a la cadena perpetua. En España, la entrada en vigor de esta condena data del 30 de marzo de 2015, fecha en la que se aprobó la Ley Orgánica 1/2015 por la que se modificó el Código Penal.
Esta pena sólo puede ser aplicable «en supuestos de excepcional gravedad en los que está justificada una respuesta extraordinaria mediante la imposición de una pena de prisión de duración indeterminada, sujeta a un régimen de revisión». En concreto, se aplica en asesinatos especialmente graves, homicidio del jefe del Estado o de su heredero, de jefes de Estado extranjeros y en los supuestos más graves de genocidio o de crímenes de lesa humanidad.
La cadena perpetua revisable la aplican, desde hace décadas, multitud de países europeos de larga tradición democrática como: Francia, Alemania, Italia, Reino Unido, Bélgica, Austria o Suiza disponen de una pena similar a la prisión permanente revisable española. En la mayor parte de estos Estados, la primera revisión de la pena se hace a partir de los 15 años.
Familiares de Marta del Castillo, MariLuz Cortés, Diana Quer, Candela y Amaia Oubel Viéitez, Ruth y José Bretón Ortiz se unieron a está causa, cinco familias, ajenas a cualquier ideología política, unidas para evitar que se vulneren los derechos más elementales del ser humano y que otras familias tengan que vivir el mismo calvario.
[su_youtube_advanced url=”https://youtu.be/teGLamYQuRs” width=”340″ height=”300″ controls=”no” autohide=”yes” showinfo=”no” autoplay=”yes” loop=”yes” rel=”no” theme=”light” https=”yes”]
Los ciudadanos a favor de la prisión permanente revisable
La ciudadanía parece asumir sin problema que un asesino múltiple o quien mate a su víctima tras violarla, cumpla una condena de cárcel permanente «revisable». En concreto, ocho de cada diez españoles, exactamente el 79,3 por ciento de los encuestados, están a favor de mantener esa pena para delitos de especial gravedad, como podría ser el asesinato de Diana Quer.
Frente a ese casi 80 por ciento que apoya la medida existe un 15,1 por ciento que se declara en contra. La división de opiniones entre la población no se corresponde en absoluto con el porcentaje de diputados que pretenden ahora echar abajo esa reforma.
La prisión permanente revisable es la máxima pena privativa de libertad que existe en el Código Penal español. Fue aprobada en el Congreso de los Diputados el 26 de marzo de 2015, como parte de la Ley de Seguridad Ciudadana, con los únicos votos a favor del Partido Popular.
Como su propio nombre indica, la prisión permanente revisable es una pena de cárcel, en principio por tiempo indefinido, sujeta a revisiones que pueden servir para que el reo recupere la libertad.
El objetivo de esta pena es impedir que los delincuentes más peligrosos que no han demostrado capacidad de reinserción puedan volver a la sociedad, poniendo en peligro la seguridad de las personas.
Hasta su entrada en vigor, el Código Penal establecía unos límites de 25, de 30 o de 40 años de cárcel, según la gravedad de las penas (artículo 76), aunque reconocía el cumplimiento sucesivo de penas en caso de acumulación.
No te pierdas ni un titular de Málaga
Recibe cada mañana las noticias más importantes de la ciudad, directas a tu correo.
Sigue a Malagaes en Google
Añadir Malagaes en GoogleMediakit Publicitario 2026
Audiencia, formatos y tarifas reales de malagaes.com