MALAGA ES POLITICA: LA CREACIÓN DEL DISTRITO 11 ACERCARÁ DEL GOBIERNO MUNICIPAL A LA CIUDADANÍA
La modificación de la actual división territorial del municipio tiene por objetivo adaptarse a las necesidades reales facilitando un mayor acercamiento del gobierno municipal a la ciudadanía, un aumento cualitativo y cuantitativo de los servicios municipales, la reducción de desequilibrios entre las distintas zonas del territorio, una mayor presencia de las mismas en el proceso de toma de decisiones y un aumento en la eficacia y eficiencia de los procedimientos administrativos.
Tras el anuncio de creación del Distrito Municipal número 11 de Teatinos-Universidad, se propone una nueva división del término municipal que posibilite su puesta en marcha. La propuesta se justifica por la evolución demográfica y urbanística de la ciudad en los últimos años, que ha tenido en Teatinos su principal zona de expansión, tanto por la construcción de vivienda nueva, como por el progresivo crecimiento del Campus Universitario. En concreto, el distrito de Teatinos-Universidad queda integrado por los siguientes barrios: Cañada de los Cardos, Ciudad Santa Inés, Ciudad Universitaria, Colonia Santa Inés, Cortijo Alto, El Cónsul, El Cónsul II, El Romeral, El Tejar, Finca la Palma, Hacienda Bizcochero, Hacienda Capitán, Hacienda Roldán, Las Morillas, Quinta Alegre, Teatinos, y Torre Atalaya.
En total, el distrito cuenta con una población de 32.787 habitantes y una superficie de 522 hectáreas. Su creación remodela los distritos colindantes de Puerto de la Torre y Cruz de Humilladero, en los que se ubicaban hasta ahora las barrios que componen el nuevo distrito municipal. De esta forma, el distrito de Puerto de la Torre queda con una población de 28.818 habitantes en una superficie de 4.252,31 hectáreas; y el distrito de Cruz de Humilladero queda con una población de 89.404 habitantes en una superficie de 935,22 hectáreas.
La regulación de los Distritos en los municipios de gran población se contempla en los artículos 123.1,c) y 128 del título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley 57/2003. En desarrollo de dicha regulación, el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Málaga desglosa en el capítulo IV titulado “Los Distritos, la Participación Ciudadana, y la Desconcentración Municipal”, desde el artículo 92 al 137 en ocho secciones, la actividad, funciones, órganos y forma de gestión.
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