¿Qué es un Intérprete de L.S.E.?
Es un profesional cuyo objetivo fundamental es la supresión de las Barreras de Comunicación convirtiéndose así en un óptimo puente entre las personas Sordas y las personas Oyentes.Están formados para interpretar cualquier mensaje. Su labor se rige por el Código Deontológico de su profesión garantizando así la confidencialidad, la fidelidad en la comunicación y la objetividad en su trabajo.
¿En qué consiste el Servicio Municipal de Intérprete de L.S.E.?
Este Servicio Municipal se pone en marcha a raíz del Convenio entre el Excmo. Ayuntamiento de Málaga y la Sociedad Federada de Sordos de Málaga.Se crea para facilitar la Accesibilidad a la Comunicación entre personas sordas y oyentes. Entendiendo por ello que cualquier ciudadano tiene derecho a la información.Consiste en proporcionar un Intérprete de L.S.E. a cualquier persona sorda y establecer comunicación en las gestiones que necesite realizar dentro de las dependencias Municipales, siendo así un servicio gratuito.
Este servicio se realizará para las siguientes dependencias Municipales.
- Ayuntamiento central Area de Bienestar Social y Relaciones Ciudadanas:
- Sector de Discapacitados
Sector de Infancia
Sector de Mayores
- Delegación de la Mujer
Juntas de Distrito Centro de Servicios Sociales
- Empresas Municipales
Y cualquier otra Dependencia Municipal.
Ubicación
El Servicio está ubicado en las oficinas del Área de Bienestar Social y Relaciones Ciudadanas, en Avda. de la Aurora, nº 55.
Con el siguiente horario:
- Lunes a Viernes: 8:30 a 14:30 h.
- Martes y Jueves: 17:00 a 21:00 h.
Solicitud de servicios por teléfono:
- Teléfonos: 952.134.950-52
- Fax: 952.134.951
¿Cómo solicitar el Servicio Municipal de Intérprete de L.S.E.?
Puede solicitarlo cualquier persona sorda, sordociega, sus familiares y los diferentes departamentos Municipales del Ayuntamiento de Málaga que precisen de un intérprete.El modo de hacerlo es dirigirse al Área de Bienestar Social y Relaciones Ciudadanas personalmente, por teléfono o fax, indicando los datos personales, fecha, lugar, y materia para la que se requiere el servicio.En cualquier caso en todas las dependencias Municipales existirá información de cómo acceder al Servicio de Intérpretes.Las peticiones deberán hacerse con la máxima antelación posible a la fecha en que se precise el servicio.
Recuerde...
El Código Ético comprende tanto los derechos y obligaciones del Intérprete de Lengua de Signos como de sus usuarios (Personas Sordas, Sordociegas y Personas Oyentes).El cumplimiento y respeto del Código Ético implica la calidad en el servicio de interpretación.
Las condiciones en las que se va a desarrollar el servicio deben ser claras y explícitas, conocidas y aceptadas por ambas partes.
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